| La regularización extraordinaria |
| Escrito por Horacio | |
| domingo, 30 de abril de 2006 | |
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1. modelo de solicitud, debidamente cumplimentado; en el caso de particulares, solicitar previamente en la Seguridad Social la apertura de una cuenta de cotización. 2. copia y original (para su cotejo) del pasaporte o documento de identificación del extranjero; 3. un certificado de empadronamiento en España antes del 8 de agosto de 2004. Para demostrar la llegada y estancia en España con anterioridad a esa fecha a través del empadronamiento por omisión. Para ello, existía la posibilidad de solicitar el empadronamiento en su Ayuntamiento o junta de distrito aportando originales o copias comulsadas de alguno de los siguientes documentos, con fecha anterior al 8 de agosto de 2004: - Tarjeta de asistencia sanitaria. - Solicitud de escolarización de menores. - Documento de alta laboral expedido por la Seguridad Social. - Solicitud de asilo. - Solicitud de percepción de ayudas sociales. - Solicitud de empadronamiento no resuelta o denegada. - Notificación de resoluciones derivadas de la normativa de Extranjería. emitidas por Interior (por ejemplo, una orden de expulsión). - Cualquier documento en el que figurara el domicilio de residencia en España. un certificado que acreditara que no tiene antecedentes penales en su país de origen; la Administración española se encargaría de comprobar que el solicitante no tiene antecedentes penales en nuestro país. DNI —contratantes particulares— o CIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social —cuando el contratante es una empresa—; y un precontrato de trabajo de al menos seis meses de duración (firmado por ambas partes: el trabajador y la persona o empresa empleadora), con las siguientes excepciones: tres meses, a lo largo de un año, en el caso de contratos de trabajos agrícolas; seis meses repartidos a lo largo de un año en el caso de la hostelería y la construcción; Para los trabajadores del servicio doméstico con más de un empleador, un contrato de al menos 30 horas semanales repartidas en distintos hogares. Sólo en este último caso era el extranjero y no el empleador quien debía presentar la solicitud. La Administración estudiará que el solicitante cumple todos los requisitos y, para evitar posibles contratos fraudulentos, también se evalúa si la persona o empresa empleadora tiene realmente la capacidad de realizar esa contratación. MODELOS DE SOLICITUD: ·Para empresarios y empleadores (pdf) ·Para trabajadores discontinuos del servicio doméstico (pdf) MODELOS ORIENTATIVOS DE CONTRATOS (según el INEM): ·PE/207. Contrato de trabajo para el proceso de normalización de trabajadores extranjeros en el servicio doméstico con prestación de servicios para un solo empleador, de conformidad con el apartado sexto. 1. d) de la ORDEN PRE /140/2005, de 2 de febrero. (pdf) ·PE/208. Anexo al contrato de trabajo de conformidad con el apartado sexto. 1. d) de la ORDEN PRE /140/2005, de 2 de febrero. (pdf) MÁS INFORMACIÓN ·Dónde entregar las solicitudes ·Atención telefónica en materia de Extranjería e Inmigración: 900 150 000 CUANTOS INMIGRANTES HAY EN ESPAÑA Más de un millón y medio de ilegales ¿Cuántos extranjeros sin papeles hay en España? Esa es la gran pregunta. Sabemos que, a 31 de marzo de 2005, 2.054.453 extranjeros residían en nuestro país con todos sus documentos en regla. Pero a los sin papeles, precisamente por no tenerlos, no es posible cuantificarlos con la misma exactitud. «Más de un millón» era la estimación que hacía el Gobierno antes de que comenzara el proceso de regularización extraordinaria que terminó el 7 de mayo de 2005. Pero la realidad es que el número de ilegales en España puede superar la cifra de 1.600.000. El número de extranjeros empadronados a 1 de enero de 2005 ascendía a 3.691.547 millones (según datos provisionales del padrón ofrecidos por el INE). La diferencia entre los extranjeros con tarjeta o autorización de residencia y los empadronados suele servir como punto de partida para intentar una primera aproximación. Precisamente de comparar ambas cifras se extrae el dato de que hay 1.637.094 extranjeros empadronados que no tienen sus papeles en regla. Más de un millón y medio de personas irregulares para la Policía, pero regularizados en el padrón. Pero tal cálculo sirve sólo como simple estimación, por varios motivos: porque a día de hoy, tanto la cifra del censo como la de extranjeros residentes habrá aumentado; porque no todos los extranjeros sin papeles se empadronan en su lugar de residencia; porque algunos empadronados no están ya en nuestro país; y porque los datos del padrón deben interpretarse con ciertas reservas. Errores administrativos permiten que un individuo esté empadronado en dos lugares a un mismo tiempo, que medio centenar de personas aparezcan empadronadas en el mismo domicilio e incluso que extranjeros que ni siquiera están ni han estado en España figuren en el padrón de algún ayuntamiento de nuestro país. El trámite para el empadronamiento —que permite acceder a prestaciones sociales como la educación y la sanidad— es relativamente sencillo: basta con presentar el pasaporte y un justificante de residencia (contrato de alquiler, recibo de la luz, agua, teléfono…). Y una vez que un individuo figura empadronado en un domicilio, puede dar de alta en él a cualquiera. Hasta hace poco, no ha habido excesivo celo por corregir estos posibles errores y duplicidades (no hay que olvidar que los ayuntamientos reciben dinero del Estado en función de su población). En Valencia, Málaga y Madrid —donde se registró una importante subida de empadronamientos de extranjeros en 2004 desde que se comenzó a hablar de un posible proceso de regularización extraordinaria— se han empezado a aplicar medidas de vigilancia y restricción para impedir empadronamientos masivos en un mismo domicilio. A día de hoy, y a la hora calcular cuántos extranjeros sin papeles hay en España, habría que «sumar un 10%, e incluso más en el caso de rumanos y búlgaros», según el portavoz del sindicato policial CEP, Rodrigo Gavilán, que asegura que a través de los Pirineos entran cada día 2.000 extranjeros que no son ciudadanos comunitarios». Paradójicamente, la comunidad marroquí, la más numerosa en cuanto a tarjetas de residencia y empadronamientos, queda relegada a un segundo plano a la hora de hablar de extranjeros ilegales en territorio español. Ecuatorianos, rumanos, colombianos y argentinos —por este orden— son las principales nacionalidades que engrosan las bolsas de la inmigración ilegal en España. |
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