| Embajada de España |
| Escrito por Horacio | |
| Tuesday, 21 de June de 2005 | |
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EMIGRANTES A ESPAÑA La Embajada de España emitió un comunicado en el que niega modificaciones en la política migratoria hacia ciudadanos uruguayos tal, como se maneja en la prensa en las últimas semanas. De los 10.650 uruguayos que han presentado la solicitud de regulación, por ahora, más de 5.000 han recibido respuesta positiva y sólo el 0,3 han quedado sujetos a un expediente de expulsión, consigna la nota. La embajada recuerda que todos aquellos que consigan un permiso de residencia y trabajo podrán legalizar a su familia (cónyuge, hijos y padres) mediante el mecanismo de la reagrupación familiar. Precisamente, la nota hace mención a que, a partir de mayo del 2005, todos los que quieran residir en España mediante la reagrupación familiar no necesitarán visado si la persona regular es ciudadano de la Unión Europea. En relación con los rechazos en frontera, un tema que ha creado mucha polémica y cierta paranoia en la sociedad uruguaya por la insistencia de los medios de comunicación en destacar algunos casos ocurridos en los últimas semanas, el texto aporta datos. El comunicado informa que \'de los más de 25.000 uruguayos que han viajado a España en lo que va de año, hay constancia de que sólo 48 han sido rechazados en frontera, lo que supone un 0,2 por ciento del total\'. La nota también especifica los requisitos para viajar: documento que acredite su condición de residente en Uruguay; pasaje de ida y vuelta con fecha de regreso menor a los 90 días; 80 euros diarios (30 para manutención y 50 para pernocta); y seguro de viaje y asistencia sanitaria con cobertura internacional mínima de 30.000 euros. La carta de invitación formal de un residente legal en España otorgada por un notario, sólo será necesaria en el caso de que el viajero vaya a alojarse en casa de un familiar o amigo. Finalmente, la misiva recuerda que los uruguayos no precisan visados para viajar a España desde 1961, que pueden disfrutar de la doble nacionalidad y que ésta, se adquiera luego de tan solo 2 años de residencia. |
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